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  sábado, 22 de noviembre de 2008
inicio : especiales : tiempos de sequía : Rafael Romeo


 

Los Planes de Sequía y otras herramientas para gestionar los periodos de escasez

Rafael Romeo García
Comisario de Aguas del Ebro
Confederación Hidrográfica del Ebro

La sequía en un fenómeno cíclico en los países mediterráneos. A pesar de las consecuencias que esta conlleva, sociales y económicos, debemos asumir y ser conscientes de que es una realidad en España y en cada una de sus cuencas hidrográficas.

Por ello, lo principal, es entender que para afrontarla es necesario sentar las bases para una correcta gestión de los periodos de sequía, algo para lo que ya se cuenta con una herramienta fundamental de la que se han dotado con el actual Ministerio de Medio Ambiente las Confederaciones Hidrográficas: los Planes Especiales de Actuación en Situación de Sequía, que quieren ser la referencia para empezar a gestionar la sequía en las épocas de lluvia.

Hablaré de estos Planes, sobre todo el del Ebro que se aprobó el pasado 2007 pero antes, hay que puntualizar el concepto de este fenómeno. Para ser exactos y comprenderla mejor debemos saber que se trata de una anomalía temporal dentro de la variabilidad natural, por lo que es importante diferenciar entre aridez, una característica climática natural en regiones de baja precipitación, y sequía, periodos de escasez temporal de agua frente a las condiciones habituales.

Las sequías son generalmente el resultado de la combinación de varios factores naturales que a su vez pueden verse influenciados por las actividades humanas. La causa principal de cualquier sequía es la falta de precipitaciones y, en particular la periodicidad, distribución e intensidad de esta escasez respecto al uso, demanda y almacenamiento de agua. Esto nos lleva también a distinguir entre periodos de escasez temporal de agua, y desequilibrios a largo plazo entre la oferta y la demanda de recursos hídricos.

Para gestionar estos periodos, la administración española dispone de una serie de instrumentos jurídicos que han fijan prioridades de uso, líneas de actuación, etc que nos permiten enfrentarnos a los efectos de la sequía.


Leyes y los Planes de Sequía

Deberíamos referirnos en primer lugar al propio Plan Hidrológico Nacional y la Ley de Aguas que permiten crear un marco legal para las actuaciones clave frente al fenómeno. Lo primero que garantizan estos documentos es la prioridad de los usos en tiempos de escasez, dejando claro que el abastecimiento humano se considera principal, seguido de los caudales medioambientales, regadíos, usos industriales e hidroeléctricos y otros usos.

El Real Decreto Legislativo 1/2001 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), especifica las facultades del Organismo de cuenca en relación con el aprovechamiento y control de los caudales concedidos.

Y sobre todo, su artículo 58 es quizás la herramienta legal más poderosa y directa sobre la sequía que establece que e n circunstancias de sequías extraordinarias, el Gobierno, mediante Decreto acordado en Consejo de Ministros, oído el organismo de cuenca, podrá adoptar, para la superación de dichas situaciones, las medidas que sean precisas en relación con la utilización del dominio público hidráulico, aun cuando hubiese sido objeto de concesión.

Este artículo es el amparo de los Decretos de Sequía como el que se ha aprobado y está vigente en el Ebro por la sequía hidráulica e hidrológica que se vive la Cuenca, a pesar incluso de las crecidas de caudales que han vivido los cauces en la Cuenca Alta y el Eje del Ebro.

Por su parte, el camino que abre el Plan Hidrológico Nacional es doble, primero porque dedica un artículo principal (el 27) a la gestión de sequías y sobre todo porque recoge la obligación de desarrollar en cada Cuenca un Plan Especial de Actuación en Sequía.

Es verdad que han tardado tiempo en ser desarrollados pero el actual Ministerio de Medio Ambiente ha querido dar un impulso a estos documentos. En el caso del Ebro, el Plan fue aprobado en mazo de 2007 por el Consejo del Agua, el máximo órgano de la Cuenca.

El Plan Especial del Ebro tiene como objetivo la detección temprana y el seguimiento de las situaciones de sequía y para ello cuenta con dos pilares: una batería de indicadores que califican la gravedad de la situación por cada zona, y un conjunto de medidas que se aplicarán según el nivel definido por estos indicadores.

Los índices para establecer los niveles de sequía se diferencian para cada una de las 17 juntas de explotación en las que se divide la Cuenca del Ebro, ya que no se da coincidencia en periodos de sequía en todas las zonas. Además, se tiene en cuenta qué zonas cuentan con infraestructuras de regulación y cuáles no están reguladas ya que los efectos y las medidas a tomar son distintas

Los indicadores se basan en registros históricos y utilizan los datos de reservas de embalses, aportaciones y caudales de los ríos, niveles piezométricos de acuíferos, volumen de nieve y precipitaciones. Con ellos se puede definir si una zona se encuentra en situación de normalidad, prealerta, alerta o emergencia.

Por su parte, las medidas incluyen conceptos como:

- Criterios de prioridad de uso y demandas, respetando el carácter preferente del abastecimiento urbano

- Criterios para la aplicación de restricciones.

- Régimen de caudales ecológicos aplicable cuando estén comprometidos los abastecimientos urbanos (régimen de salidas por entradas, etc.)

- Reglas de operación entre las interconexiones entre las distintas fuentes del recurso o juntas de explotación

- Criterios para el arranque y funcionamiento de infraestructuras hidráulicas específicas existentes para las sequías (trasvases, pozos de sequía, bombeos de ríos,…), en virtud del censo realizado

- Volúmenes de reserva en embalses y acuíferos


Comisiones de sequía

Las medidas que quedan amparadas por el Plan Especial de Actuación en Sequía y también las que pueda adoptar la Confederación Hidrográfica cuando se cuenta con un Decreto de Sequía aprobado por el Consejo de Ministros, no se aplican unilateralmente por el Organismo, si no que en la asunción de estas acciones extraordinarias se implica a todos los usuarios del agua y a representantes de otras administraciones.

El propio Plan de Sequía recoge la creación de la denominada Comisión Permanente de la Sequía que se reúne periódicamente para analizar la situación de la Cuenca en periodos de sequía y para aprobar las medidas que deban aplicarse.

En la Cuenca del Ebro está formada por representantes de la Confederación, Ministerio de Medio Ambiente, Comunidades Autónomas, usuarios de la Cuenca, ecologistas, organizaciones empresariales, sindicatos y entidades locales. Su última reunión fue el pasado 11 de febrero y en ella se asumió una serie de medidas de forma unánime que han permitido aplicar el principio de prevención de cara a la campaña de riegos en las zonas más afectadas por este último periodo de sequía.

Entre estas medidas se encontraba solicitar al Ministerio de Medio Ambiente de un Decreto de Sequía que ya está en vigor en la Cuenca; reducir la salida de caudales en determinados embalses o intensificar la vigilancia de los vertidos a los cauces (dado que con menor caudal podemos encontrarnos con mayores problemas).

 

Conclusiones

La Confederación Hidrográfica del Ebro es un órgano que ya nació en 1926 con un espíritu democrático y de participación y como se comprueba con la participación de las Comisiones de Sequía, todos los asuntos importantes de la Cuenca deben pasar por órganos de la Confederación en las que participan los usuarios y otras administraciones.

Centrándonos en la gestión de la sequía, además de la garantía que supone la participación de los implicados, hay que reconocer que la administración tiene una serie de herramientas preventivas y de análisis (sobre todo a través de los Planes) que fijan esa gestión de las sequías desde antes de que estas se produzcan y otras herramientas legales que amplíen las protecciones a los afectados y agilicen las respuestas.

Las sequías van a seguir dentro del ciclo vital de las cuencas españolas, van a seguir teniendo consecuencias, a veces duras en el regadío o en la industria, por el freno, como se está comprobando en el Ebro, de la producción hidroeléctrica. Pero, a pesar de estas consecuencias casi imposibles de impedir, podemos ya minimizarlas con el principio de precaución, que, entre otras cosas, permite que en ningún momento de este periodo de sequía hayamos sufrido problemas de abastecimiento en grandes núcleos de la Cuenca.

Y además, podemos agilizar la respuesta administrativa para paliar los efectos negativos, con lo que tenemos la capacidad de prevenir en lo posible y paliar, acciones fundamentales para la gestión hidráulica, tanto en la sequía, como en momentos de avenida.

 


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