Boletín Ecores, abril 2008
 
Inversión e índices sostenibles


Opiniones

 

» Inversión pública e ISR: el Fondo Noruego
Por Tulia Machado Machado - Abogada. Trabaja en el Secretariado del Consejo Ético del Fondo Noruego de Pensiones (Global) tulia.machado@fin.dep.no

El Fondo de Pensiones noruego (Global) es considerado uno de los mayores fondos públicos del mundo, con un valor de 250.000 millones de euros. Los ingresos del Fondo provienen de la venta, por parte del estado noruego, del petróleo extraído en el Mar del Norte y de las inversiones que se hacen con estos ingresos en unas 7.000 empresas repartidas por todo el mundo.

El principal objetivo del Fondo es el de velar por que las futuras generaciones de noruegos también puedan disfrutar de la riqueza generada por el petróleo. Por lo tanto es primordial asegurar buenos rendimientos a largo plazo. Esto convierte al estado noruego en un inversor a largo plazo, por lo que no es de extrañar que otro de los objetivos principales del Fondo sea el de respetar los derechos básicos de todos los afectados por las inversiones del Fondo. Es fundamental que las inversiones sean sostenibles si se quieren cuidar los recursos y a aquellos que hacen posibles los rendimientos del Fondo. De este modo también se cuidan esos rendimientos a largo plazo.

En 2004 el Parlamento noruego aprobó las Directrices Éticas del Fondo, que incluyen ciertos criterios éticos por los que se guían las inversiones que éste realiza. Dado que el derecho internacional sólo regula las relaciones entre estados, es dificil derivar de las fuentes del derecho internacional normas que también se apliquen a los actores del mercado internacional. Sin embargo, es este derecho internacional, a través de convenciones, el que da contenido a requisitos mínimos en materia de derechos humanos, derecho humanitario o medio ambiente y son estos criterios mínimos los que Noruega ha decidido también aplicar a sus inversiones.

Esto se lleva a cabo a través de una estrategia de ISR a tres niveles: (1) Engagement o ejercicio de los derechos del accionista de forma activa; (2) Negative screening o "filtración negativa" de empresas que fabrican cierto tipo de armas cuyo uso normal infringe principios humanitarios fundamentales (armas que crean sufrimiento innecesario o cuyo fin es el de matar población civil, por ejemplo, armas nucleares o bombas de racimo) y (3) Exclusión de empresas cuando existe un riesgo inaceptable de complicidad en violaciones graves o sistemáticas de normas éticas.

(1) Engagement :

El objetivo principal del Banco Central de Noruega es el de salvaguardar los intereses económicos del fondo de pensiones. La administración del Fondo se basa en estrategias de inversión a largo plazo y en una amplia diversificación de la cartera de inversiones. Para ello, el Banco Central se rige por los principios recogidos en el Pacto Mundial de Naciones Unidas, las Líneas Directrices de la OCDE para empresas multinacionales, los Principios de la OCDE para el gobierno corporativo y los Principios para la inversión responsable de la ONU. Las directrices internas del Banco Central para la gestión del fondo estipulan cómo estos principios se incorporan a la administración del Fondo.

(2 ) Filtración negativa y (3) exclusión:

El Consejo emite recomendaciones sobre la filtración negativa de empresas que producen armas cuyo uso normal viola principios humanitarios fundamentales . El comité que redactó la propuesta de las Directrices también consideró en su momento otro tipo de productos como el tabaco, la pornografía o los juegos de apuestas, pero no se incluyeron en las Directrices porque no se percibió el mismo consenso por parte del pueblo noruego contra estos productos. Por lo tanto, las empresas fabricantes de estos productos no son objeto de exclusión por fabricarlos. Esto puede cambiar en la primavera de 2009 cuando se evalúen las directrices en el Parlamento.

El Consejo también emite recomendaciones sobre la exclusión de empresas de la cartera de inversiones del Fondo por actos u omisiones que constituyen un riesgo inaceptable de contribuir a:

  • Violaciones sistemáticas o graves de derechos humanos como asesinatos, tortura, privación de libertad, trabajo forzado y las peores formas de trabajo y explotación infantil.
  • Violaciones graves de derechos individuales en situaciones de conflicto o guerra.
  • Degradación ambiental grave .
  • Corrupción severa .
  • Otras violaciones graves de normas éticas fundamentales.

Además, las violaciones deben de estar ocurriendo en la actualidad o debe existir un alto riesgo de que ocurran en el futuro. El objetivo del Fondo no es el de "castigar" a empresas por una conducta no ética que ocurrió en el pasado, sino influir en ellas para que ese tipo de conducta no se repita. Al Fondo le interesa tener una cartera de inversiones lo más amplia posible, aunque no a cualquier precio.

El tipo de pruebas que se requieren en cada caso no tienen que cumplir con los mismos requisitos que las pruebas admisibles en un tribunal de justicia. El Consejo Ético no es un tribunal, aunque sí se requiere que las fuentes sean fidedignas, la información sólida y se investiga cada caso en profundidad antes de emitir una recomendación.

Una vez presentada la información en un caso, el Consejo investiga el posible vínculo entre la conducta de la empresa y las supuestas violaciones. Se analiza si las violaciones se han cometido para servir a los intereses económicos de la empresa, o para facilitar su situación operativa. Además l a empresa debe de haber contribuido a las violaciones, tener conocimiento de ellas sin intentar prevenirlas o no haber implementado medidas para rectificar el daño. También se requiere que las violaciones se den en la actualidad y debe haber un riesgo de violaciones futuras. Si existen suficientes indicios de que la conducta no ética de la empresa va a continuar en el futuro, entonces el Consejo concluye que existe un riesgo de que las violaciones también ocurran en el futuro. Otro factor que se toma en cuenta para determinar la gravedad de la conducta es si la misma infringe la ley nacional del país donde tiene lugar o normas internacionales.

Antes de enviar una recomendación formal sobre la exclusión de una empresa al Ministerio Noruego de Finanzas, el Consejo envía un borrador de la recomendación a la empresa en cuestión para que refute las acusaciones de las que es objeto. Si la respuesta de la empresa no convence al Consejo o si la empresa no responde, entonces se envía la recomendación formal al Ministerio de Finanzas, donde se decide la exclusión final de la empresa. Hasta hoy, el Ministerio ha seguido todas las recomendaciones del Consejo.

Entre las empresas excluidas se encuentran: Wal-Mart Stores (violaciones serias y sistemáticas de derechos humanos y regulación laboral), Freeport McMoRan (degradación ambiental severa), Vedanta Resources (degradación ambiental severa y violaciones de derechos humanos), Honeywell International (armas nucleares o componentes), o Thales SA (bombas de racimo).

Todas las recomendaciones del Consejo se hacen públicas y se encuentran disponibles en su página web www.etikkradet.no . El Consejo no hace un seguimiento de las repercusiones que sus recomendaciones tienen, a no ser para ver si la conducta de empresas excluidas cambia y por lo tanto tienen "derecho de readmisión" en el Fondo. Sin embargo, sí se sabe que en algunos casos las recomendaciones han provocado caídas en el precio de las acciones de ciertas empresas, y que de forma confidencial otros fondos de inversiones también las tienen en cuenta.

 

Traducción oficial en inglés: Norwegian Government Pension Fund - Global

Walt, Vivienne, ' Norway to Wal-Mart: We Don't Want Your Shares', Fortune Magazine , August 7, 2006 http://money.cnn.com/magazines/fortune/fortune_archive/2006/08/07/8382565/index.htm

 

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