Desde Ecología
y Desarrollo queremos auspiciar un nuevo modelo
de desarrollo basado en una ética intergeneracional
desde la que el patrimonio natural, social y cultural
de los pueblos deba considerarse como un préstamo
de las generaciones futuras más que como
una herencia de nuestros antepasados.
La deducción de la cuota íntegra en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF), es de un 25% del importe de los donativos, con el límite establecido por el artículo 56 de la Ley 40/1998 del IRPF (el 10% de la base liquidable del contribuyente).
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